La Excma. Diputación Provincial de Zamora convoca subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de inversión destinados a mejorar el tejido productivo en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Zamora.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes que, como microempresas, se encuentren dados de alta como “actividad empresarial” en el “Impuesto de Actividades Económicas” en municipios de la provincia de Zamora de menos de 20.000 habitantes y realicen inversiones en centros de trabajo situados en dichos municipios, en los que los beneficiarios deberán tener su domicilio social y fiscal. Se define microempresa como una empresa que
ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros”.
Acciones:
El programa de ayudas cuenta con dos líneas:
1.Línea de consolidación de empresas existentes. Se subvencionarán proyectos de inversión destinados a ampliar o mejorar empresas ya existentes.
Los gastos subvencionables serán:
A) Acciones que supongan la incorporación de las nuevas tecnologías, así como la realización de estudios o la adquisición de patentes que tengan por objeto mejorar la gestión de la actividad empresarial.
B) Acciones que supongan una efectiva modernización del establecimiento comercial o industrial.
C) Acciones de promoción de la actividad de la empresa.
D) Adquisición de vehículos nuevos.
2.- Línea de apoyo a emprendedores para la creación de nuevas empresas. Se entenderá por “empresa de nueva creación” aquella que se haya constituido desde el 23 de septiembre de 2019 y hasta el 22 de septiembre de 2020 incluido. A estos efectos se tomarán en consideración, en el caso de sociedades, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución, y en el caso de personas físicas, la fecha del alta en la Seguridad Social en el régimen especial de los trabajadores autónomos, siempre y cuando se hayan dado de alta en el IAE en ese mismo período.
Los gastos subvencionables serán los siguientes:
A) Todos aquellos que se correspondan con los conceptos A), B), C) y D) señalados en la línea 1.
B) Gastos derivados del traspaso de negocios y alquiler de locales.
C) Gastos ocasionados por honorarios técnicos relacionados con la constitución de la empresa.
Cuantía:
El importe de la subvención que se conceda, no superará el 50% de los gastos incentivables, estableciendo un máximo de subvención de 15.000,00.-€. El importe del crédito disponible para atender las peticiones presentadas durante el presente ejercicio presupuestario es de 200.000,00 euros.
Criterios de Valoración:
La valoración de las solicitudes se efectuará en función de los criterios establecidos en el apartado décimo de las bases reguladoras.
Plazo de presentación:
Del 25 de Julio hasta el 21 de Agosto de 2020.
Lugar de presentación:
En el tegistro telemático de la Diputación Provincial de Zamora, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado para ello en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Zamora: http://diputaciondezamora.sedelectronica.es
Información Adicional:
Puede consultar el detalle completo en este enlace