Convocadas para 2024, por la Diputación Provincial de Zamora, en régimen de concurrencia competitiva, las Subvenciones a las microempresas de la provincia de Zamora.

Objeto.

Estas subvenciones están destinadas a mejorar el tejido productivo en municipios de menos de 20.000 habitantes de la Provincia de Zamora,

Tienen por finalidad apoyar la creación de nuevas empresas en el ámbito rural, preferentemente en aquellos lugares donde no existan, buscando la calidad y la especialización de los mismos, y mejorar la competitividad de las empresas existentes.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes, y Sociedades civiles que, como microempresas, se encuentren dados de alta en el Censo de Actividades Económicas, ejerzan la actividad en municipios de la Provincia de Zamora de menos de 20.000 habitantes y realicen inversiones en centros de trabajo situados en dichos municipios.

Conceptos subvencionables.

Se subvencionarán proyectos de inversión destinados a la creación, ampliación o mejora de
microempresas.

  • Acciones que supongan la incorporación de nuevas tecnologías, así como la realización de estudios o la adquisición de patentes que tengan por objeto mejorar la gestión de la actividad empresarial o la obtención de una certificación ecológica:
    • Adquisición, instalación y montaje de equipos informáticos, incluyendo los portátiles.
    • Aplicaciones informáticas destinadas a la gestión y distribución en la actividad empresarial y al comercio electrónico.
    • Adquisición, instalación y montaje de cajas registradoras, balanzas, equipos de codificación y lectura óptica de productos y sistemas de comunicación aplicados a la gestión administrativa empresarial.
    • Gastos por la adquisición de patentes, informes o estudios que tengan como objeto mejorar la calidad o productividad y ampliar mercados o volumen de negocio.
    • Gastos asociados a la obtención de la certificación ecológica o su renovación

  • Acciones que supongan una efectiva modernización del establecimiento comercial o industrial:
    • Las obras e instalaciones que supongan una innovación, transformación, reordenación, ampliación, reforma, mejora del inmueble del establecimiento en el que se realiza la actividad empresarial o profesional, o mejora de la eficiencia energética, así como la apertura de uno nuevo.
    • Adquisición de mobiliario, estrictamente profesional o comercial, y maquinaria específica, cuando sean necesarios para el ejercicio de la actividad económica dentro del establecimiento o local.
    • Sistemas de seguridad o destinados a la protección de los productos o mercaderías comercializables.

  • Acciones de promoción de la actividad de la empresa.
    • Gastos de participación en ferias profesionales relativos a la contratación de stands.
    • Gastos de rotulación de vitrinas, marquesinas, fachadas y vehículos, así como el diseño de logotipos.

  • Adquisición de vehículos nuevos.
    • Vehículos nuevos destinados al desarrollo de la actividad empresarial

  • Apoyo a empresas de nueva creación. Todos aquellos gastos que se correspondan con los conceptos anteriores y, además, los siguientes:
    • Gastos derivados del alquiler de locales donde se realiza la actividad, ocasionados durante el primer año de inicio de la actividad de la empresa, siempre que se encuentre dentro de período subvencionable.
    • Gastos ocasionados por honorarios técnicos relacionados con la constitución de la empresa.

Exclusiones:

  • En el sector del transporte, los activos móviles.
  • Los teléfonos móviles, teléfonos inteligentes (smartphones), tabletas o cualquier otro dispositivo móvil similar.
  • Los gastos de cualquier tipo de mantenimiento de sistemas de información (hardware /software) así como gastos asociados a comunicaciones o conexiones de tipo periódico.
  • El coste de los proyectos de obra civil.
  • La adquisición de terrenos o edificaciones.
  • La obra civil
  • La adquisición de existencias.
  • El alquiler de vehículos.
  • El alquiler de locales cuando el arrendador sea un familiar en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Las inversiones o gastos cuya finalidad no sea estrictamente empresarial.
  • La adquisición de vehículos usados, de ocasión y Km 0.
  • La adquisición de elementos decorativos.

No se admitirán como subvencionables inversiones inferiores a 3.000€.

Realización de los gastos.

Se subvencionarán los gastos efectuados desde el 23 de septiembre de 2023 y hasta el 22 de septiembre de 2024 incluido.

Solicitud, documentación y plazo de presentación.

Las solicitudes, tanto de personas físicas como jurídicas, se presentarán en el Registro Telemático de la Diputación, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado para ello en el “Catálogo de Trámites” de la sede electrónica.

El formulario, en el que se deberá especificar la línea de subvención a la que se presenta el proyecto de inversión, irá acompañado de la documentación requerida, incluyendo una memoria técnica detallada de la actividad para la que se solicite la ayuda, que deberá contener necesariamente especificación de la inversión total a realizar y ubicación física de la misma.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles finalizando el día 17/05/2024

Procedimiento.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones destinadas a microempresas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.

Resolución.

El plazo máximo para resolver será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria (24/04/2023). El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Importe de la subvención.

La subvención que se conceda, no superará el 50% de los gastos subvencionables, estableciendo un máximo de subvención de 15.000,00 €.

Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones públicas para el mismo objeto subvencionable.

Para más información sobre las Subvenciones destinadas a las Microempresas de la provincia de Zamora, consulta la sede electrónica de la Diputación de Zamora o contacta con nosotros.

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