Información sobre el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
Después de recibir varias consultas al respecto, elaboramos este post sobre Información sobre el Registro de huella de carbono para mantener informadas a las empresas y a los usuarios interesados.
¿Qué es?
El Registro, creado por el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo recoge los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que genera su actividad. A su vez, les facilita la posibilidad de compensar toda o parte de su huella de carbono, mediante una serie de proyectos forestales ubicados en territorio nacional. Estos proyectos, integran numerosos beneficios ambientales y sociales, entre los que se encuentra la absorción de dióxido de carbono de la atmósfera, también conocida como secuestro de carbono.
Todas las huellas inscritas vienen acompañadas obligatoriamente por un plan de reducción, y son chequeadas de forma previa a su registro. Cuando se reconoce que una organización ha reducido su huella, es debido a que cumple con un criterio estricto que demuestra una tendencia decreciente de emisiones.
Para reconocer una compensación en el marco del Registro, es necesario que las toneladas de CO2 adquiridas provengan de proyectos inscritos en éste.
¿Qué es la huella de carbono?
La huella de carbono de una organización es la totalidad de gases de efecto invernadero emitidos por efecto directo o indirecto a través de la actividad que desarrolla dicha organización.
¿Cómo se calcula?
La huella de carbono que genera cada fuente de emisión es el resultado del producto del dato de consumo (dato de actividad) por su correspondiente factor de emisión:
Huella de carbono = Dato Actividad x Factor Emisión
Dato Actividad: es el parámetro que define el nivel de la actividad generadora de las emisiones de gases de efecto invernadero. Por ejemplo, cantidad de gas natural utilizado en la calefacción (kWh de gas natural).
Factor Emisión: es la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos por cada unidad del parámetro “dato de actividad”. Por ejemplo, para el gas natural, el factor de emisión sería 0,202 kg CO2 eq/kWh de gas natural. En base a esta fórmula, existen varias metodologías para el cálculo de la huella de carbono (UNE-ISO 14064, GHG Protocol, etc.). El presente documento es sólo una breve explicación de cómo realizar los cálculos.
¿Qué datos necesitas?
Necesitarás conocer, al menos, los datos de consumo de los combustibles fósiles (en las oficinas, maquinaria, almacenes, vehículos, etc.) y de electricidad para un año determinado, así como sus correspondientes factores de emisión. Adicionalmente, podrías incluir otras emisiones indirectas distintas a la electricidad como son los viajes de trabajo con medios externos, los servicios subcontratados como la gestión de residuos, etc.
¿Qué pasos hay que seguir?
- Escoger el año de cálculo.
- Establecer los límites de la organización y los operativos: decidir qué áreas se incluirán en la recolección de información y en los cálculos, e identificar las fuentes emisoras asociadas a las operaciones dentro de esas áreas.
- Recopilar los datos de consumo (datos de actividad) de estas operaciones. Información mínima: alcance 1+2: Alcance 1: emisiones directas: Consumo combustibles edificios (calderas de gas natural, gasoil) · Fugas de gases refrigerantes florados en equipos de climatización/refrigeración (recarga de gas realizada en dichos equipos) · Consumo combustibles vehículos. Alcance 2: emisiones indirectas debidas al consumo de electricidad. · Consumo de electricidad en edificios Si quieres ir más allá: alcance 3. Alcance 3: otras emisiones indirectas. · Viajes de trabajo con medios de transporte externos · Servicios subcontratados (gestión de residuos, limpieza, seguridad, etc.) · Compra de productos · Etc.
- Es conveniente acompañar el primer esfuerzo de cálculo de la huella con la implantación de un sistema de recogida de información. El objetivo es facilitar la tarea en años sucesivos y asegurar la calidad y exhaustividad de los datos. Además, estos datos deberán estar respaldados por facturas u otros.
- Realizar los cálculos multiplicando los datos de actividad por los factores de emisión. El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) facilita en su página web los datos de los factores de emisión para cada año, así como unas calculadoras de huella de carbono de alcance 1+2 que los incluyen y que pueden ser de gran utilidad. Se facilitan tres: una para el cálculo de la huella de alcance 1+2 de una organización cualquiera, otra para organizaciones dedicadas al sector de la agricultura, y otra para ayuntamientos.
- Una vez que se conoce cuánto y dónde se emite, reflexionar sobre los puntos donde actuar para reducir las emisiones. Esto quedará reflejado en un plan de reducción que debería incluir las medidas que se prevé llevar a cabo, así como la cuantificación de la estimación de las reducciones que conllevarían. Es recomendable la inclusión de un cronograma en el plan.
- Puedes optar por certificar tu huella de carbono acudiendo a un tercero independiente. Esto te ayudará a detectar posibles errores y dará respaldo a tu cálculo.
El Ministerio para la Transición Ecológica comprometido con la lucha contra el cambio climático comenzó a calcular la huella de carbono de su actividad en el año 2011. Este ejercicio ha continuado abordándose anualmente adquiriendo así un mejor conocimiento del impacto que su actividad genera.
El análisis incluye las siguientes fuentes de emisión:
- Consumo combustibles vehículos
- Consumo combustibles edificios
- Climatización / Refrigeración
- Consumo eléctrico
- Compras y contrataciones
- Aeronaves
- Buques
- Transporte interno
- Transporte externo
- Gestión de residuos
Pasos a seguir para realizar una inscripción con éxito:
La inscripción de una huella de carbono y su compromiso de reducción se rige por los siguientes criterios básicos:
- El tipo de huella de carbono a inscribir corresponde a la huella de carbono de organización.
- El alcance mínimo necesario para la inscripción corresponde a las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 1 y 2. En todo caso, se anima a calcular las emisiones del alcance 3; éstas también pueden ser inscritas.
- Todas las emisiones correspondientes al alcance 3 y las de alcance 1 y 2 en el caso de organizaciones no PYMES o PYMES que cuenten con emisiones de proceso deberán estar verificadas por un tercero independiente.
- Su organización debe disponer de un plan de reducción de la huella de carbono.
En el siguiente documento podrá encontrar información más detallada sobre estos y otros factores que deberá tener en cuenta a la hora de solicitar la inscripción:
Se inscribirá una reducción de la huella de carbono cuando pueda comprobarse una tendencia descendente de las emisiones relativas al nivel de actividad de la organización. Para ello, se establecen los siguientes criterios:
- La reducción para un año determinado implica la inscripción de la huella de dicho año y los tres anteriores.
- Se analizan las emisiones en relación a una ratio, resultado de dividir las emisiones entre el índice de actividad definido por la organización.
- La media de los tres últimos años de esta ratio debe ser inferior a la media del trienio anterior.
El siguiente esquema facilita la comprensión de los criterios de reducción:
Los proyectos de absorción deben cumplir, a su vez, con una serie de requisitos:
- Encajar en una de las dos actuaciones siguientes:
- Repoblación forestal en zonas donde no ha habido un bosque desde el 31 de diciembre de 1989.
- Actuaciones en zonas forestales incendiadas para el restablecimiento de la masa forestal existente.
- Estar ubicado en territorio nacional.
- Unidad mínima de actuación: 1 ha, donde la cubierta de copas de los árboles mínima sea del 20 % en madurez y la altura potencial de los árboles de 3 m en madurez.
- Permanencia del proyecto: mínimo 30 años.
- Antigüedad: puesta en marcha posterior a la campaña de plantación 2012 – 2013.
- Plan de gestión: el proyecto debe contar con un plan en el que se indiquen las actuaciones previstas.
- Cálculo de las absorciones: realizado con la calculadora del Registro.
Más información de detalle en el siguiente documento:
Documento de apoyo para la inscripción – proyectos de absorción
La compensación quedará registrada siempre y cuando se lleve a cabo un acuerdo entre una organización que tenga inscrita una huella de carbono y un proyecto de absorción que cuente con absorciones disponibles.
No existe una cantidad mínima de compensación por huella, ni un número máximo de proyectos a través de los que compensar dicha huella.
Documento de apoyo para la inscripción – compensación
Preparar la documentación
En estos folletos se explica de manera sencilla qué documentación es necesario presentar a la hora de solicitar la inscripción:
Documentación a adjuntar – huella de carbono
Documentación a adjuntar – proyectos de absorción
Los siguientes documentos facilitan información adicional: cálculo de emisiones, estimación de absorciones, elaboración de un informe de huella, etc. Que encontrará en el siguiente enlace
También se ponen a disposición del público una serie de calculadoras (básica, ayuntamientos, agrícola, absorciones y reducción) de fácil manejo. Su uso será obligatorio sólo cuando se solicita la inscripción de un proyecto de absorción o se quiere demostrar la reducción de la huella.
Estas versiones de calculadoras incorporan los factores de emisión correspondientes al año 2007-2020.
Pulse el siguiente enlace para acceder a la calculadora
Solicitar la inscripción
Tanto para solicitudes, como para la modificación de algún dato ya inscrito, deben utilizarse los siguientes formularios:
Elija el medio y el destinatario de la solicitud:
- Oficina Española de Cambio Climático
- A través de sede electrónica
- A través de correo electrónico: HC-OECC@miteco.es
- Dirección General con competencias en cambio climático de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en la actualidad Dirección General del Medio Natural). Si la sede social de la organización, en caso de inscripción de la huella de carbono, o si la ubicación del proyecto de absorción, se encuentra en la Comunidad Autónoma de Murcia, y quiere emplear esta vía de solicitud de inscripción, diríjase al Servicio de Fomento del Medio Ambiente y Cambio Climático de dicha comunidad.
La representación legal de la organización deberá demostrarse de la siguiente manera:
- En sede electrónica: emplee el certificado digital correspondiente a la organización. Si la inscripción se hiciera en representación de la organización, es necesaria la inscripción previa en el Registro electrónico de apoderamientos, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
- Correo electrónico o solicitud presencial: adjunte el Certificado de capacidad legal de representación y la documentación referida en el mismo. Tenga en cuenta, además, que la capacidad máxima de recepción de información es de 7MB por correo electrónico.
Sello de inscripción ¿Qué significa?
Cuando una organización se inscribe en el registro, recibe un certificado de inscripción y el derecho al uso de un sello. Este sello permite distinguir de un vistazo:
- El nivel de participación de la organización en el Registro: si calcula su huella, ha conseguido reducirla o si ha compensado toda o parte de ésta.
- El año al que corresponde este nivel de participación.
El documento que encontrarás en este enlace aporta más información al respecto: