Convocadas, por la Dirección General de la Fundación EOI, organismo adscrito a la Secretaría General de Industria y PYME; en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas dirigidas al impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.

Objeto.

Subvencionar proyectos piloto de innovación en materia de organización empresarial que permitan mejorar la productividad de pequeñas y medianas empresas industriales y permitir, por ello, abordar, entre otras, medidas destinadas a la reducción de las jornadas laborales sin merma salarial.

Gastos subvencionables e intensidad máxima de ayuda.

  • Costes salariales del personal afectado por la reducción de la jornada laboral: incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo del personal de la empresa participante en el proyecto piloto.

Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros para gastos de personal.

  • Gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementación del proyecto piloto. Hasta el 100% del gasto debidamente justificado.
  • Gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de bienes y servicios de la empresa. Hasta el 80% del gasto debidamente justificado
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor, cuyo importe máximo subvencionable no podrá exceder del 1% de la totalidad del presupuesto subvencionable del proyecto. Hasta el 100% del gasto debidamente justificado

Beneficiarios de las ayudas.

            Podrán acogerse a estas ayudas las sociedades que tengan consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.

            Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial si las actividades para las que solicita ayuda financiera se encuadran incluidas en las siguientes actividades y ha desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo previo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud. Deberán tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo de trabajo en España y mantenerlos, al menos, durante toda la duración del proyecto piloto.

Los sectores de actividad serán los siguientes:

  • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 32 (CNAE 2009).
  • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12
  • Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32)
  • Actividades de servicios a la industria:
    • Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos industriales y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12
    • Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, con excepción de (i) la explotación de laboratorios policiales, (ii) el análisis arqueobotánico, (iii) la inspección de tuberías petrolíferas, (iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, (v) la inspección técnica de vehículos, (vi) las pruebas de composición y pureza de los minerales o (vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 13 de abril y el 16 de mayo de 2023.

La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. Las solicitudes y el resto de comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos piloto, serán remitidas electrónicamente a través del registro electrónico accesible desde la sede electrónica de la Fundación EOI, F.S.P

Procedimiento de concesión.

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los criterios de evaluación contenidos en la convocatoria.

Plazos de resolución.

El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su publicación es de seis meses contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria.

Para más información consulta la página de la Fundación EOI, F.S.P o contacta con nosotros.