La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de España, convoca apoyo financiero a la inversión industrial a través de préstamos reembolsables, dirigidos a empresas privadas del sector manufacturero con personalidad jurídica propia afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote de COVID-19, que lleven a cabo proyectos de inversión industrial productiva en el marco de la política pública de fortalecimiento de la competitividad industrial, para la realización de determinadas actuaciones que supongan la mejora de la competitividad.
El presente programa de apoyo financiero, pretende impulsar las inversiones industriales de carácter productivo que permitan una nueva industrialización en el contexto de salida de la crisis sanitaria derivada de COVID-19, alineados con los objetivos de reactivación de la economía general y el sector industrial en particular, aumento del peso relativo del sector industrial en la economía y de la resiliencia del sector productivo nacional.
Este estímulo adoptará la forma de apoyo financiero a la inversión industrial a través de la concesión de préstamos reembolsables, para financiar las siguientes tipologías de inversión:
- Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
- Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.”: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
Plazo de realización de las actuaciones
- Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
- En el caso de proyectos iniciados antes del 1 de febrero de 2020, se considerara? solo las actuaciones necesarias realizadas desde esa fecha para acelerar o ampliar el alcance del proyecto, en cuyo caso, la solicitud de financiación deberá limitarse a los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o la ampliación del
alcance del mismo.
Presupuesto mínimo de inversiones financiables
El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 100.000 euros.
Características y límites de las ayudas a conceder
La financiación otorgada se concederá siempre en forma de préstamo reembolsable conforme a lo establecido en la Orden de Ayudas.
Plazo de Presentación de Solicitudes y Tramitación
El plazo de solicitudes comenzará el 8 de agosto de 2020, finalizando el 20 de agosto del 2020 y se presentarán a través del registro electrónico del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de España.
Información Adicional
La información completa de la convocatoria está disponible en este enlace