El 29 de marzo de 2017, Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión Europea. El Consejo Europeo, a solicitud del Reino Unido, ha concedido dos prórrogas, la última hasta el 31 de octubre de 2019.
A día de hoy, el Reino Unido saldría de la UE sin acuerdo a las 00:00h (CET) del 1 de noviembre de 2019, salvo que se consiga renegociar un nuevo acuerdo, que Reino Unido solicite la desactivación del artículo 50, o bien que logre una nueva prórroga. Esto significa que a partir de ese momento, si nada lo impide, el Reino Unido se convertirá en un «tercer país», o lo que es lo mismo, en un país no miembro de la Unión Europea.
A continuación se recopila información relevante que las administraciones han preparado para facilitar a las empresas la transición hacia un potencial “Brexit duro”.
Web dedicada al Brexit de la Comisión Europea
Lista de pasos a seguir por los operadores para prepararse de cara al Brexit
Para el caso de que se llegue a la fecha de salida sin que se haya logrado poner en vigor dicho acuerdo, conviene llamar la atención a los operadores económicos sobre las repercusiones que deberán tener en cuenta.
Las referencias que se indican a continuación? tratan de arrojar luz sobre las repercusiones de una eventual salida del Reino Unido de la Unión Europea en un escenario de “no acuerdo” en los diferentes ámbitos de las relaciones económicas y comerciales con el Reino Unido:
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS
LICENCIAS DE IMPORTACIÓN-EXPORTACIÓN
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL (I)
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL (II)