Convocado para 2023, por la consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, en régimen de concurrencia competitiva, el «Bono Concilia» a las familias de Castilla y León para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el cuidado de menores de 0 a 3 años (2023)
Objeto.
Este Bono tiene por finalidad contribuir durante el curso escolar 2022/2023, a la conciliación personal, familiar y laboral, de los progenitores trabajadores con niños de 0 a 3 años, a través de una ayuda de 750€ por menor.
Beneficiarias.
Las familias en las que ambos progenitores, personas tutoras, acogedores familiares o el único responsable familiar, en el caso de familias monoparentales, cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado en un municipio de Castilla y León durante el curso escolar 2022/2023
- Tener a su cargo menores entre 0 y 3 años nacidos entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022
- Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad al menos noventa días durante el curso escolar 2022/2023, y por tanto necesitan conciliar.
- Que la suma del nivel anual de rentas de ambos progenitores, en los términos definidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y en el periodo impositivo del año 2022 no supere los cincuenta mil euros (50.000€). Dicho nivel de rentas vendrá determinado por la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicos, salvo en los supuestos en los que se hubiera estado exento de presentar la declaración del IRPF, en cuyo vendrá determinado por los importes íntegros acreditados por la Agencia Tributaria. El límite de la renta se reducirá hasta los 25.000€ en el caso de que se acredite la condición de monoparentalidad.
- No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.
- Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la seguridad social.
Se entenderá por familia la formada, tanto por los dos progenitores, con independencia de que mantengan o no algún vínculo legal y/o afectivo y las hijas e hijos de todos ellos, como la monoparental, entendiendo por tal la constituida por una única persona responsable familiar, y por todas sus hijas e hijos, por tener en exclusiva la patria potestad de sus hijos o por tener uno o varios menores acogidos por resolución administrativa o judicial.
La subvención se concederá, en su caso, a nombre de quien figure en la solicitud como primer progenitor.
Cálculo del nivel de renta.
Las rentas anteriormente mencionadas se minorarán en 3.000€ por cada hijo que forme parte de la unidad familiar con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Si es igual o superior al 65%, esta cantidad se elevará a los 9.000€.
En el caso de que al menos, el progenitor solicitante y el menor o menores que dan derecho al Bono Concilia estén empadronados en municipios de menos de 20.000 habitantes, el nivel de renta se minorará en un 20%
También se minorará en un 20% a las familias monoparentales que acrediten la condición de “acogedor familiar de Castilla y León” y a las familias numerosas de categoría general. En el caso de familias numerosas de categoría especial, la minoración será del 30%.
Estas minoraciones serán acumulativas.
Cuantía
El importe del Bono Concilia será de 750 € por menor. Dado que las beneficiarias son las familias, el pago se efectuará a nombre de la persona que se haya grabado en la aplicación como primera solicitante.
Solicitud: forma y plazo de presentación
El formulario de solicitud deberá cumplimentarse obligatoriamente a través de la aplicación web disponible en la sede electrónica de Castilla y León.
Deberá presentarse una única solicitud por unidad familiar.
Si los progenitores disponen de firma electrónica, podrá presentarse la solicitud junto con la documentación necesaria de manera telemática; en caso de no disponer de la misma, se deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en un registro presencial.
El plazo de presentación de solicitudes será el periodo comprendido entre el 19 de junio y el 21 de julio de 2023
Resolución de la convocatoria
El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas.
Pago del Bono Concilia.
El importe de las ayudas que se concedan se pagará en un único pago mediante transferencia a la cuenta bancaria que figure en la solicitud.
Estas ayudas tienen la consideración de rentas exentas respecto al IRPF.
Para más información sobre las ayudas “Bono concilia”, consulta la sede electrónica de la Junta de Castilla y León o contacta con nosotros.